Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE CHAÑARAL
Artículo 55°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero
de 1974, el artículo 54°.- del decreto ley N° 683,
publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que
fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad
de Chañaral en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 54°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de
Chañaral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13°
del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la Escala Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 11°
Planta Directiva, Profesional
y Técnica
Juez de Policía Local 6a Cat. 12°
Secretario Municipal y de la
Alcaldía
Contador-Contralor 6a Cat. 12°
Director de Aseo y Jardines 6a Cat. 14°
Jefe de Rentas 6a Cat. 14°
Director Obras Municipales 6a Cat. 14°
Secretario Juzgado Policía Local 5a 19°
Director de Tránsito 6a Cat. 15°
Médico Psicotécnico 8° Ley 15.076
Planta Administrativa
Oficial de Partes y
Aydte. Secretaría 5° 19°
Inspector de Aseo y Jardines 5° 19°
Inspector de Patentes 5° 19°
Inspector de Matadero 5° 19°
Inspector de Tránsito 5° 19°
Administrador de Mercado 5° 19°
Auxiliar Ayudante 6° 23°
Ayudante Bodeguero 14° 27°
Mayordomo Servicios Municipales 14° 27°
Bodeguero 6° 23°
Choferes, Electricistas y Otros
Electricista 5° 26°
Mecánico 5° 26°
Choferes 5° 26°
Chofer 6° 28°
Chofer 13° 30°
Servicios Menores
Capataz 12° 26°
Mensajero 14° 32°
Jornaleros Especializados
Carpinteros 3° 26°
Albañiles 3° 26°
Gasfiter 3° 26°
Jornaleros
Ayudante de chofer 2° 26°
Jornaleros 2° 28°
Jornaleros 3° 30°
Jornaleros 4° 31°
Jornaleros 5° 32°
El o los cargos de Alcalde grado 11° se convertirán en
grado 12° al quedar vacantes.
El o los cargos de Juez de Policía Local grado 12° se
convertirán en grado 13° al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario Municipal y de la
Alcaldía Contador Contralor grado 12° se convertirán en
grado 14° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director Obras Municipales; Director
de Aseo y Jardines y Jefe de Rentas grado 14° se
convertirán en grado 15° al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario Juzgado Policía Local
grado 19° se convertirán en grado 20° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial de Partes y Ayudante
Secretaría; Inspector de Aseo y Jardines; Inspector de
Patentes; Inspector de Matadero; Inspector de Tránsito y
Administrador de Mercado grado 19° se convertirán en grado
23° al quedar vacantes.
El o los cargos de Auxiliar Ayudante grado 23° se
convertirán en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Bodeguero grado 27° se
convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Bodeguero grado 23° se convertirán
en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Chofer grado 30° se convertirán en
grado 33° al quedar vacantes.
El o los cargos de Capataz; Carpinteros; Albañiles y
Gásfiter grado 26° se convertirán en grado 28° al quedar
vacantes.
El o los cargos de Mensajero grado 32° se convertirán
en grado 35° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante Chofer grado 26° se
convertirán en grado 30° al quedar vacantes.
El o los cargos de Jornaleros grado 32° se convertirán
en grado 35° al quedar vacantes.