Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE CHILE CHICO Artículo 57°.-
Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el
artículo 56° del decreto ley N° 683, publicado en el
Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la
ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Chile
Chico en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 56°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Chile
Chico, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del
decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la
Escala Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 17°
Planta Empleados
Secretario Municipal, Secretario de la
Alcaldía, Director del Tránsito,
Secretario Jdo. Policía Local y
Administrador Teatro Municipal 13° 20°
Inspector de Patentes e
Inspector de Matadero 19° 23°
Planta Administrativa
Chofer e Inspector de Máquinas 18° 27°
Planta Obreros
Obreros 8° 30°
Obreros 10° 32°
El o los cargos de Inspector de Patentes e Inspector de
Matadero grado 23° se convertirán en grado 25° al quedar
vacantes.
El o los cargos de Chofer e Inspector de Máquinas grado
27 se convertirán en grado 28° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.