Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE DOÑIHUE Artículo 62°.- Sustitúyese,
a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 61° del
decreto-ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de
Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores
de la Municipalidad de Doñihue en la Escala Unica, por el
siguiente:
"Artículo 61°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Doñihue,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13°, del
decreto-Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la
Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
_______________________________________________________
Planta Empleados
Alcalde Gr. 9° 14
Secretario Municipal y Alcaldía Gr. 9° 16
Juez de Policía Local Gr. 9° 16
Secretario Juzgado de Policía
Local y Oficial Secretaría Gr. 11° 21
Inspector Patentes Gr. 13° 24
Planta Choferes y otros similares
Chofer Gr. 12° 25
Planta Obreros
Obrero Gr. 3° 26
Obrero Gr. 4° 27
Obrero Gr. 5° 28
Obrero Gr. 6° 29
Obrero Gr. 8° 31
El o los cargos de Alcalde de grado 14° se convertirán
en grado 15 al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario Municipal y Alcaldía
grado 16 se convertirán en grado 18 al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario Juzgado de Policía Local
y Oficial Secretaría grado 21° se convertirán en grado 22
al quedar vacantes.
El o los cargos de Chofer de grado 25 se convertirán en
grado 27 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros de grado 31 se convertirán
en grado 35 al quedar vacantes.