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Artículo 91 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990549

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE LA ESTRELLA Artículo 91°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 90° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de La Estrella en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 90°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de La Estrella, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Planta Directiva, Profesional y Técnica Alcalde, Juez de Policía Local 16 Planta Administrativa Secretario Municipal y de la Alcaldía, Inspector de Patentes y Secretario Jdo. de Policía Local 13 19 Planta Obreros Obrero 4 28 Obrero 6 30 Obrero 15 32 El o los cargos de Obrero grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.