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Artículo 112 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990570

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE LONQUIMAY Artículo 112°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 111° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Lonquimay en la Escala Unica, por el siguiente: Artículo 111°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Lonquimay, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Planta de Empleados Alcalde 17 Secretario Municipal y de Alcaldía 10° 19 Planta de Obreros Chofer-Mecánico 10° 26 Ordenanza 18° 28 Obreros 10° 31 El o los cargos de Secretario Municipal y de Alcaldía grado 19, se convertirán en grado 20 al quedar vacantes. El o los cargos de Chofer Mecánico grado 26, se convertirán en grado 28 al quedar vacantes. El o los cargos de Ordenanza grado 28, se convertirán en grado 33 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 31, se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.