Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE LONQUIMAY Artículo 112°.-
Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el
artículo 111° del decreto ley N° 683, publicado en el
Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la
ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de
Lonquimay en la Escala Unica, por el siguiente:
Artículo 111°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de
Lonquimay, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13
del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Planta de Empleados
Alcalde 17
Secretario Municipal y de Alcaldía 10° 19
Planta de Obreros
Chofer-Mecánico 10° 26
Ordenanza 18° 28
Obreros 10° 31
El o los cargos de Secretario Municipal y de Alcaldía
grado 19, se convertirán en grado 20 al quedar vacantes.
El o los cargos de Chofer Mecánico grado 26, se
convertirán en grado 28 al quedar vacantes.
El o los cargos de Ordenanza grado 28, se convertirán
en grado 33 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 31, se convertirán en
grado 35 al quedar vacantes.