Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE MEJILLONES Artículo 133°.-
Sustitúyese a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo
132° del Decreto Ley N° 683, publicado en el Diario
Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de
los trabajadores de la Municipalidad de Mejillones en la
Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 132°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de
1974 para los trabajadores de la Municipalidad de
Mejillones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13°
del Decreto Ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
_______________________________________________________
Planta de Empleados
Alcalde 6° 14
Secretaria Municipal Alcaldía,
Sec. Juzgado 6° 17
Policía Local
Jefe Rentas e Inspección 6° 19
Director de Tránsito 6° 19
Jefe de Labores 13° 26
Médico Psicotécnico 21° Ley 15076
Planta de Obreros
Operarios 2° 28
Operarios 5° 30
Operarios 6° 32
El o los cargos de Operarios grado 32 se convertirán en
grado 35 al quedar vacantes.