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Artículo 158 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990616

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE PANGUIPULLI "Artículo 158°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 157° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Panguipulli en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 157°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Panguipulli, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: _______________________________________________________ Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica _______________________________________________________ Alcalde 11 Planta Directiva, Profesional y Técnica Secretario Municipal y de Alcaldía 6a Cat. 14 Director Tránsito e Inspector de Patentes y Matadero 6a Cat. 15 Director de Aseo y Ornato e Inspector de Obras Municipales y Alumbrado 6a Cat. 15 Juez de Policía Local 6a Cat. 12 Médico Psicotécnico Ley N° 15.076 Planta Administrativa Auxiliar de Secretaría-Habilitado Gr. 2° 20 Secretaría Juzgado Policía Local Bibliotecaria y Auxiliar Gr. 8° 23 Inspector Municipal Gr. 14° 23 Planta de Choferes Choferes Gr. 11° 26 Planta de Obreros Obrero Gr. 5° 27 Obreros Gr. 6° 29 Obreros Gr. 7° 31 Obreros Gr. 8° 32 El o los cargos de Inspector Municipal grado 23 se convertirán en grado 25 al quedar vacantes. El o los cargos de Choferes de grado 26 se convertirán en grado 28 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 32 se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.