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Artículo 205 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6500 / 8990663.

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE QUILLECO Artículo 205°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 204° del decreto ley N° 683 publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Quilleco en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 204°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Quilleco, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica ------------------------------------------------------- Planta de Empleados Alcalde Gr. 10° 16 Secretario Municipal y Juzgado Policía Local Gr. 10° 19 Inspector de Servicios Gr. 12° 24 Planta de Obreros Obreros Gr. 10° 30 El o los cargos de Obreros grado 30° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes."