Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA Artículo 213°.-
Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el
artículo 212° del decreto ley N° 683, publicado en el
Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la
ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de
Rancagua en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 212°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Rancagua,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto
ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala
Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Planta Directiva
Alcalde 5°
Director de Obras 5a. Cat. 8°
Secretario Municipal 5a. Cat. 8°
Juez de Policía Local 5a. Cat. 7°
Secretario de Alcaldía 5a. Cat. 9°
Director del Tránsito 6a. Cat. 10°
Director de Aprovisionamiento 6a. Cat. 10°
Director Sanidad Espect.
Publ. Patente 6a. Cat. 10°
Jefe Oficina del Personal 6a. Cat. 11°
Jefe de Contabilidad y Control 6a. Cat. 10°
Abogado Municipal 6a. Cat. 10°
Jefe de Rentas y Habilitado 6a. Cat. 12°
Director de Subsistencias 6a. Cat. 10°
Director de Aseo 6a. Cat. 10°
Planta Administrativa
Asesor Urbanista 2° 10°
Ayudante 1° Tránsito 3° 19°
Administrador Estadio
Plazas y Jard. 3° 19°
Ayudante Director de Obras 3 19°
Inspect. 1° de Patentes
Comerciales 3 19°
Inspector 2° Departamento
Tránsito 3° 20°
Ayudante 2° Dirección de Obras 3° 21°
Secretaría Abogado Jdo.
Policía Local 3° 9°
Ayudante 3° Depto. del Tránsito 3° 23°
Ayudante de Subsistencia 4° 23°
Médico Gabinete Psicotécnico 5° Ley 15.076
Ayudante 2° Patentes Comerciales 5° 23°
Oficial de Secretaría 5° 23°
Ayudante 5° Dirección Tránsito 5° 23°
Ayudante 4° Dirección de Obras 5° 23°
Oficial 1° Jdo. de Policía Local 5° 21°
Ayudante 4° Dirección del Tránsito 5° 23°
Ayudante 5° Dirección de Obras 5° 24°
Ayudante de Contabilidad y Control 5° 23°
Ayudante 3° Dirección Patentes
Comerciales 5° 23°
Ayudante 3° Dirección de Obras 5° 23°
Asistente Soc. del Personal
Municipal 8° 18°
Ayudante de Rentas 8° 25°
Oficial 2° Jdo. de Policía Local 8° 25°
Ayudante 4° Patentes Comerciales 9° 27°
Oficial Casa de la Cultura 11° 29°
Ayudante 6° Dirección del Tránsito 11° 29°
Ayudante 6° Dirección de Obras 11° 29°
Planta de Choferes, Electricistas y Otros Similares
Mayordomo de Jardines 5 25°
Choferes 5° 25°
Mayordomo de Aseo 5° 25°
Mecánico 5° 25°
Electricista 5° 25°
Planta de Obreros
Obreros 1° 26°
Obreros 2° 27°
Obreros 3° 28°
Obreros 4° 29°
Obreros 5° 30°
Obreros 6° 31°
Obreros 8° 32°
El o los cargos de Alcalde grado 5° se convertirán en
grado 6° al quedar vacantes.
El o los cargos de Secretario de Alcaldía grado 9°, y
Jefe Oficina del Personal grado 11° se convertirán en
grado 13° al quedar vacantes.
El o los cargos de Director del Tránsito, Director de
Aprovisionamiento; Director Sanidad, Espect. Publ. Patente;
Jefe de Contabilidad y Control, y Director de Subsistencia
grado 10° se convertirán en grado 11 al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante de Subsistencias, Ayudante
2° Patentes Comerciales, Ayudante 5° Dirección Tránsito,
Ayudante 4° Dirección de Obras, Ayudante 4° Dirección
del Tránsito, Ayudante 3° Dirección Patentes Comerciales
y Ayudante 3° Dirección de Obras grado 23° se
convertirán en grado 24° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 1° Juzgado de Policía Local
grado 21° se convertirán en grado 22° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante 5° Dirección de Obras
grado 24° se convertirán en grado 25° al quedar vacantes.
El o los cargos de Oficial 2° Juzgado de Policía Local
grado 25° se convertirán en grado 26° al quedar vacantes.
El o los cargos de Ayudante 6° Dirección de Obras
grado 29° se convertirán en grado 31° al quedar vacantes.
El o los cargos de Mayordomo de Jardines, Choferes,
Mayordomo de Aseo, Mecánico y Electricista grado 25° se
convertirán en grado 27° al quedar vacantes.
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.