Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA Artículo 246°.-
Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el
artículo 245° del decreto ley N° 683, publicado en el
Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la
ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Santa
Bárbara en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 245°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Santa
Bárbara, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13°
del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la Escala Unica:
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Grado Escala Grado Escala
Nombre del Cargo Municipal Unica
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Alcalde 16
Planta Directiva, Profesional
y Técnica
Secretario Municipal y
Alcaldía, Director Tránsito
e Inspector de Obras 5° 17
Médico Jefe Gabinete
Psicotécnico Ley 15.076
Planta Administrativa
Auxiliar de Secretaría,
Inspector de Patentes y
Administrador del Matadero 17° 23
Planta de Obreros
Choferes 2° 26
Obrero 4° 27
Obrero 5° 28
Obreros 6° 30
Obreros 7° 31
Obrero 8° 32
El o los cargos de Secretario Municipal y Alcaldía,
Director Tránsito e Inspector de Obras grado 17° se
convertirán en grado 19° al quedar vacantes.
El o los cargos de Auxiliar de Secretaría, Inspector de
Patentes y Administrador del Matadero grado 23° se
convertirán en grado 24 al quedar vacantes.
El o los cargos de Obrero grado 32° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes."