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Artículo 263 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990720

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE TRAIGUEN "Artículo 263°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 262° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Traiguén en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 262°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Traiguén, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13° del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica ------------------------------------------------------- Planta Directiva, Profesional y Técnica Alcalde 12° Secretaria Municipal y Alcaldía 1° 15° Juez de Policía Local y Abogado Municipal 1° 13° Director Tránsito, Habilitado, Bibliotecaria 6° 16° Director de Obras y Aseo 8° 15° Adm. Veterinario Matadero 20° 16° Planta Administrativa Secretario Juzgado de Policía Local 6° 20° Inspector de Obras y Luces 9° 22° Inspec. de Obras, Mercado, Matadero 9° 22° Oficial Administrativo 13° 24° Inspector Patentes Tránsito 15° 24° Operador Cine Municipal 16° 28° Inspector Teatro Municipal 20° 27° Mayordomo de Obras y Chofer 14° 27° Médico Psicotécnico Ley 15.076 Servicios Menores Auxiliar Jdo. de Policía Local 16° 29° Obreros 6° 28° Obreros 7° 30° Obreros 8° 31° Obreros 9° 32° El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en grado 35° al quedar vacantes.