Texto oficial
MUNICIPALIDAD DE TRAIGUEN
"Artículo 263°.- Sustitúyese, a contar del 1° de
Enero de 1974, el artículo 262° del decreto ley N° 683,
publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que
fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad
de Traiguén en la Escala Unica, por el siguiente:
"Artículo 262°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de
1974, para los trabajadores de la Municipalidad de
Traiguén, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13°
del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en
la Escala Unica:
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Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala
Municipal Unica
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Planta Directiva, Profesional y Técnica
Alcalde 12°
Secretaria Municipal y Alcaldía 1° 15°
Juez de Policía Local y Abogado
Municipal 1° 13°
Director Tránsito, Habilitado,
Bibliotecaria 6° 16°
Director de Obras y Aseo 8° 15°
Adm. Veterinario Matadero 20° 16°
Planta Administrativa
Secretario Juzgado de Policía Local 6° 20°
Inspector de Obras y Luces 9° 22°
Inspec. de Obras, Mercado, Matadero 9° 22°
Oficial Administrativo 13° 24°
Inspector Patentes Tránsito 15° 24°
Operador Cine Municipal 16° 28°
Inspector Teatro Municipal 20° 27°
Mayordomo de Obras y Chofer 14° 27°
Médico Psicotécnico Ley 15.076
Servicios Menores
Auxiliar Jdo. de Policía Local 16° 29°
Obreros 6° 28°
Obreros 7° 30°
Obreros 8° 31°
Obreros 9° 32°
El o los cargos de Obreros grado 32° se convertirán en
grado 35° al quedar vacantes.