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Artículo 265 del Decreto Ley 1133

Sustituye a contar de la fecha que indica; la ubicacion en la escala unica de sueldos de los personales de las municipalidades que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6500 · idParte: 8990722

Texto oficial

MUNICIPALIDAD DE TUCAPEL "Artículo 265°.- Sustitúyese, a contar del 1° de Enero de 1974, el artículo 264° del decreto ley N° 683, publicado en el Diario Oficial de 8 de Octubre de 1974, que fijó la ubicación de los trabajadores de la Municipalidad de Tucapel en la Escala Unica, por el siguiente: "Artículo 264°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1974, para los trabajadores de la Municipalidad de Tucapel, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley N° 249, de 1974, la siguiente ubicación en la Escala Unica: ------------------------------------------------------- Nombre del Cargo Grado Escala Grado Escala Municipal Unica ------------------------------------------------------- Planta Directiva, Profesional y Técnica Alcalde 7° 14° Secretaria Municipal, Alcaldía y Director Tránsito 7° 17° Abogado Municipal 12° 17° Médico Gabinete Psicotécnico Ley 15.076 Planta Administrativa Secretario Jdo. Policía Local y Ayudante Secretaría Municipal 11° 19° Inspector Alumbrado 12° 23° Inspector Patentes 21° 26° Escalafón Separado Chofer Maquinarias 16° 25° Chofer Maquinarias 21° 27° Planta Obreros Obreros Tractoristas 7° 27° Obreros 7° 31° El o los cargos de Secretario Jdo. Policía Local y Ayudante Secretaría Municipal grado 19 se convertirán en grado 21 al quedar vacantes. El o los cargos de Chofer Maquinarias grado 25° se convertirán en grado 27° al quedar vacantes. El o los cargos de Chofer Maquinarias grado 27° se convertirán en grado 30° al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros Tractoristas grado 27° se convertirán en grado 29 al quedar vacantes. El o los cargos de Obreros grado 31° se convertirán en grado 35 al quedar vacantes.