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Artículo 10 del Decreto Ley 1173

Determina diversas normas administrativas, financieras o presupuestarias que corrigen la legislacion vigente

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6509 · idParte: 9058707

Texto oficial

Artículo 10°.- Agrégase a la glosa del ítem 08/01/03.31.006 -Devoluciones- del Presupuesto del año en curso, la siguiente: Con cargo a este ítem se podrá devolver al Servicio Nacional de Salud los derechos de internación, de almacenaje, tasa de despacho y, en general, todo derecho o contribución que se perciba por intermedio de las Aduanas, que pague por la importación de equipos médicos y demás mercaderías que se internen al país antes del 30 de Noviembre de 1975. Asimismo, con cargo a este ítem se podrán pagar todos los derechos de internación y demás contribuciones que se perciben por intermedio de las Aduanas, por importaciones provenientes de créditos externos y donaciones, incluso de años anteriores, destinadas al Ministerio de Educación.