Texto oficial
Artículo 11°.- Agréganse a las glosas de los ítem
que se indican del Presupuesto vigente, los siguientes
incisos:
a) En el ítem 08/01/01/88.001: Las importaciones que se
efectúen con cargo a estos recursos, podrán ser hechas
también por la Junta Coordinadora Nacional de Cuerpos de
Bomberos, previo informe de la Comisión de la ley N°
12.027 y con las franquicias que concede la ley N° 17.328.
b) En el ítem 08/01/03/36.001: Con cargo a este ítem
se podrá pagar al Banco del Estado de Chile la diferencia
por concepto de bonificación del precio de fertilizantes
producida en el período 1971-1973, hasta por la cantidad de
E° 36.894.212.
c) En el ítem 08/01/03/38.002: Estos aportes podrán
concederse también respecto de pagos pendientes por
importaciones efectuadas antes del 26 de agosto de 1970.