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Artículo 7 del Decreto Ley 1225

Determina normas sobre avaluos de bienes raices que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6520 / 9036167.

Texto oficial

Artículo 7°.- Declárase que los reajustes de los avalúos dispuestos en conformidad al artículo 26° de la ley N° 17.235, y los reajustes anuales o semestrales ordenados por disposiciones legales especiales, han sido y son aplicables al avalúo de las nuevas construcciones cuando en las resoluciones respectivas no se hayan considerado dichos reajustes. En consecuencia, dichos avalúos han estado y estarán afectos a los reajustes correspondientes al segundo semestre del año anterior al de vigencia de la modificación.