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Artículo 6 del Decreto Ley 1225

Determina normas sobre avaluos de bienes raices que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6520 · idParte: 9036166

Texto oficial

Artículo 6°.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 17.235, de 24 de Diciembre de 1969: a) Reemplázase el inciso primero de la letra B) del artículo 1°, por el siguiente: "Comprenderá todos los bienes raíces no incluidos en la Serie anterior, con excepción de las minas, de las maquinarias e instalaciones, aun cuando ellas estén adheridas, a menos que se trate de instalaciones propias de un edificio, tales como ascensores, calefacción, etc.". b) Deróganse los artículos 5° al 12°.