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Artículo 10 del Decreto Ley 1230

Divide las regiones del pais en provincias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6524 / 8257192.

Texto oficial

Artículo 10°.- Las regiones no incorporadas al régimen previsto en los decretos leyes N.os 573 y 575, de 1974, quedarán incluidas en él a contar del 1° de Enero de 1976.