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Artículo 9 del Decreto Ley 1230

Divide las regiones del pais en provincias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6524 / 8257191.

Texto oficial

Artículo 9°.- El Instituto Geográfico Militar tendrá bajo su responsabilidad la preparación y actualización permanente de los documentos cartográficos del territorio nacional. El Presupuesto Nacional y los Presupuestos Regionales consultarán las sumas necesarias para la realización de esta tarea.