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Artículo 1 del Decreto Ley 1238

Regulariza procedimiento de distribucion de la parte del aporte a que se refiere el inciso 5° del articulo 14° de la ley n° 16.625

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6528 / 5877180.

Texto oficial

Artículo 1°- Para calcular la distribución de la parte del aporte a que se refiere el inciso 5° del artículo 14° de la ley N° 16.625, que corresponde a las Federaciones y Confederaciones de Trabajadores Agrícolas por el año 1974, se utilizará respecto de ese año los mismos porcentajes de distribución proporcional que deben aplicarse durante 1975.