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Artículo 2 del Decreto Ley 1244

Introduce modificaciones a leyes tributarias que menciona

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6530 / 7126744.

Texto oficial

Artículo 2°- En los números 9° y 10°, del artículo 8 del Código Tributario, sustitúyense las frases "miles de escudos" por "pesos", "quinientos escudos" por "cincuenta centavos", y la palabra "millar" por "al entero", todas las veces que ellas aparecen.