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Artículo 11 del Decreto Ley 1244

Introduce modificaciones a leyes tributarias que menciona

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6530 / 7126753.

Texto oficial

Artículo 11°- Elimínase en el artículo 10° del decreto ley N° 1.017, de 1975, las palabras "fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social". El plazo señalado en el inciso segundo del artículo 15° del decreto ley N° 910, de 1975, referido al 30 de Julio de 1975, se entenderá prorrogado para las Instituciones de Previsión Social hasta el 30 de Noviembre de 1975.