Texto oficial
Artículo 2°- Sustitúyese en el Art. 7° del decreto ley N° 1.128, de 1975, a contar de la fecha de su vigencia, el grado 10°, fijado a los 4 Secretarios Abogados de los Juzgados de Policía Local de la Municipalidad de Santiago, por el grado 8° de la Escala Unica y elimínese la conversión establecida.