Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto Ley 1254

Modifica diversas disposiciones administrativas o presupuestarias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6532 / 9036192.

Texto oficial

ARTICULO 4° Agrégase al artículo 15° del decreto ley 429, de 1974, el siguiente inciso segundo: "Por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, dictado con la fórmula "por orden del Presidente de la República", podrá autorizarse la inversión de los recursos a que se refiere el inciso anterior en otra clase de adquisiciones".