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Artículo 17 del Decreto Ley 1254

Modifica diversas disposiciones administrativas o presupuestarias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6532 / 9036205.

Texto oficial

ARTICULO 17° Sustitúyese, en el inciso segundo de la letra b) del artículo 26° del decreto con fuerza de ley 22, de 1959, la frase "no superiores a doscientos mil pesos ($ 200.000)", por la siguiente: "no superiores a veinte sueldos vitales mensuales de la provincia de Santiago.".