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Artículo 26 del Decreto Ley 1289

Ley orgánica de las municipalidades

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6554 / 9088481.

Texto oficial

Artículo 26.- Al Departamento de Tránsito y Transporte Público corresponderá otorgar y renovar licencias para conducir vehículos, autorizar la circulación de vehículos motorizados, determinar el sentido de dicha circulación, señalizar adecuadamente las vías públicas y, en general, ejercer las funciones que le encomiende la Ordenanza General del Tránsito.