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Artículo 11 del Decreto Ley 1305

Reestructura y regionaliza el ministerio de la vivienda y urbanismo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6564 / 8605839.

Texto oficial

ARTICULO 11° La Subsecretaría tendrá las siguientes funciones: a) Dictar o proponer al Ministro las normas técnicas y administrativas nacionales, relativas a la planificación urbana y territorial, infraestructura, vivienda urbana o rural, equipamiento comunitario y edificación, a través de las Divisiones que corresponda; b) Dirigir, coordinar y supervigilar la gestión de las Divisiones del Servicio; c) Conocer y atender la actividad jurídica del Ministerio, a través de la División Jurídica; d) Dirigir los asuntos administrativos del Ministerio y velar por el bienestar del personal, a través de la División Administrativa; e) Dirigir las relaciones públicas y difundir las políticas y actividades del Ministerio; f) Velar por el cumplimiento de las instrucciones gubernamentales sobre descentralización administrativa y regionalización; g) Contratar los estudios, proyectos e investigaciones técnicas relacionados con las actividades del Ministerio; h) Dirigir y coordinar la política relativa al bienestar habitacional de la población urbana o rural, en sus aspectos de asistencia técnica, social, económica, educacional y cultural; i) Proponer al Ministerio la creación, fusión, modificación o supresión de unidades o servicios del Ministerio, de los servicios Regionales y Metropolitano de Vivienda y Urbanización, y de los Servicios de Bienestar del Personal del Sector; j) Fomentar, implementar y ejecutar las instancias y programas de formación, capacitación técnica y acreditación de capacidades a los funcionarios públicos, órganos y autoridades comunales y regionales en materias urbanísticas y de planificación urbana, las que también se podrán impartir a los particulares; k) En general, conocer y estudiar todos los asuntos, materias y problemas atinentes al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, proponer las políticas y supervigilar su cumplimiento, y ejercer las atribuciones o ejecutar las tareas que el Ministro le delegue. El Gabinete es una unidad de apoyo directo del Subsecretario.