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Artículo 38 del Decreto Ley 1305

Reestructura y regionaliza el ministerio de la vivienda y urbanismo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6564 / 8605879.

Texto oficial

ARTICULO 38° La posterior provisión de vacantes, ascensos y nombramientos en cualquier cargo de la Planta Nacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sus Secretarías Ministeriales y Servicios Regionales y Metropolitano de Vivienda y Urbanización, será hecha por el Ministerio de acuerdo a la legislación vigente, con la visación del Ministerio de Hacienda en los casos que corresponda.