Texto oficial
Artículo 29°.- Derógase el decreto con fuerza de ley
N° 1, de 1972, del Ministerio de Minería, los decretos
leyes N°s 135, de 1973, 645, de 1974 y 855, de 1975, y toda
norma legal contraria o incompatible con las de este texto.
Crea la corporacion nacional del cobre de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6578 / 8628594.