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Artículo 8 del Decreto Ley 1362

Modifica ley sobre impuesto a la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6581 / 8731826.

Texto oficial

Artículo 8°- Sustitúyese la letra i) del N° 1 del artículo 35° del decreto ley N° 825, de 1974, por la siguiente: "i) Yates, con excepción de aquellos cuyo único medio de propulsión sea la vela y los destinados habitualmente a competencias deportivas de acuerdo con las normas que determine el Reglamento de esta ley, y".