Texto oficial
Artículo 33°.- Se entenderá por colocación el conjunto de acciones destinadas a relacionar a quienes buscan ocupación con quienes la ofrecen, con el fin de celebrar un contrato de trabajo.
Decreto Ley 1446
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6618 / 8791983.