Texto oficial
Artículo 1°- Elimínase, a contar del 1° de Septiembre de 1976, la sobretasa adicional del 5% que afecta a los Impuestos de 2a. Categoría y Adicional de Renta, que fue establecida por el artículo 1° del decreto ley 1.276, de 1975.
Elimina la sobretasa adicional del 5% que afecta a los impuestos de 2a. categoria y adicional de retencion de la ley de la renta, y rebaja a un 3% el recargo establecido en el articulo 1° del decreto ley 1.276, de 1975, respecto de los tributos que señala.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6651 / 9036416.