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Artículo 2 transitorio del Decreto Ley 1552

Acta constitucional n° 3.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6656 / 9036433.

Texto oficial

ARTICULO 2° Mientras se dicta la Ley relativa a la composición y funcionamiento del organismo contemplado en el inciso sexto del N° 12 del artículo 1°, continuarán rigiendo las disposiciones legales actualmente en vigor que regulan dicha materia.