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Artículo 3 del Decreto Ley 1556

Suplementa, crea o modifica los item de gastos que señala del presupuesto de la nacion para el año 1976; modifica las disposiciones legales que expresa.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6659 / 9036479.

Texto oficial

Artículo 3°- Créase o modificase en los ítem del Presupuesto vigente las glosas que se indican: Item 05/01/00/17, glosa 1: Sustitúyese la cantidad de "$ 9.380.000" por "$ 14.420.000" Agrégase, en punto seguido, la siguiente frase: "con cargo a esta cantidad deberá pagarse gastos por $ 3.640.000 al Ejército de Chile". Item 06/01/00/22/17, glosa 3: Sustitúyese la cantidad de US$ 1.350.000 por US$ 1.650.000" Item 06/03/00/22/17, glosa 1: "Sustitúyese en la letra b) de esta glosa la cantidad de US$ 420.000 por US $ 685.000". Item 08/01/03/44/39: Agrégase la siguiente glosa: "Pudiendo efectuarse traspasos a los servicios de la Administración Central del Estado". Item 09/01/01/55/74, glosa 8: Sustitúyese la cantidad de "$ 842.400" por "$ 1.142.000". Item 10/01/00/44/39, glosa 3: Agrégase: "Incluye $ 500.000 para reparaciones de locales de los servicios dependientes del Ministerio de Justicia" Item 12/02/03/55/73: Sustitúyese en su glosa la cantidad de "$ 4.500.000" por "$ 8.600.000".\