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Artículo 10 del Decreto Ley 1556

Suplementa, crea o modifica los item de gastos que señala del presupuesto de la nacion para el año 1976; modifica las disposiciones legales que expresa.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6659 / 9036486.

Texto oficial

Artículo 10°- Suprímense, en los incisos primero y segundo del artículo 28, del decreto ley N° 1.056, de 1975, la frase: "emitido por intermedio de la Subdirección de Racionalización y Función Pública".