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Artículo 1 del Decreto Ley 1573

Deroga disposiciones del articulo 8° de la ley n° 17.724, relativas a los funcionarios de vialidad del ministerio de obras publicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6667 / 5878046.

Texto oficial

Artículo 1°- Deróganse los dos últimos incisos del artículo 8° de la ley 17.724.