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Artículo 24 del Decreto Ley 1603

Aprueba presupuesto del sector publico, en moneda nacional, para 1977

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6679 / 9036529.

Texto oficial

Artículo 24°- Exímense, por los años 1976 y 1977, del Sistema de Contabilidad Gubernamental establecido en el Título VI del decreto Ley N° 1.263, de 1975, a las siguientes empresas: Empresa Nacional del Petróleo, Empresa de Ferrocarriles del Estado, Empresa Portuaria de Chile, Empresa Marítima del Estado, Empresa de Transportes Colectivos del Estado, Línea Aérea Nacional, Ferrocarril Militar de Puente Alto a El Volcán, Empresa de Agua Potable de Santiago, Empresa Municipal de Desagües de Valparaíso y Viña del Mar, Empresa de Comercio Agrícola y Empresa Nacional de Minería. Por decreto supremo del Ministerio de Hacienda se fijarán las normas de reemplazo que se aplicarán a dichas empresas durante el año 1977.