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Artículo 11 del Decreto Ley 1608

Dicta normas para implantar la segunda etapa de la carrera funcionaria y otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6684 / 8628624.

Texto oficial

Artículo 11°- Facúltase al Presidente de la República para que, por decreto del Ministerio de Hacienda, dictado dentro del plazo de 120 días, modifique el sistema de viáticos establecido en el artículo 10° del decreto ley N° 249, de 1973.