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Artículo 26 del Decreto Ley 1608

Dicta normas para implantar la segunda etapa de la carrera funcionaria y otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6684 / 8628639.

Texto oficial

Artículo 26°- Agrégase en el artículo 3° del decreto ley N° 773, de 1974, después de la expresión "Subsecretario de Estado", la expresión "Intendentes Regionales" y "Gobernadores Provinciales".