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Artículo 27 del Decreto Ley 1608

Dicta normas para implantar la segunda etapa de la carrera funcionaria y otras disposiciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

Artículo 27° - El mayor gasto de cargo fiscal que represente la aplicación de este decreto ley durante 1977, se financiará con cargo a los recursos consignados al efecto en la Ley de Presupuestos de dicho año.