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Artículo 5 transitorio del Decreto Ley 1610

Introduce modificaciones al decreto con fuerza de ley n° 2, de 1968, del ministerio del interior, estatuto del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6686 / 7127436.

Texto oficial

Artículo 5°.- Otórgase el plazo de un año para que las beneficiarias afectas a lo dispuesto en el artículo 3° del presente decreto ley, puedan ejercer tales derechos, los cuales regirán desde la fecha de presentación de la solicitud correspondiente.