Texto oficial
Artículo transitorio.- Renuévase hasta el 31 de marzo de 1977 el plazo establecido en el artículo transitorio del decreto ley N° 1.527, de 1976.
Modifica los decretos leyes 818, de 1974, 1.068, de 1975, y 1.527, de 1976
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6706 / 8871238.