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Artículo 8 transitorio del Decreto Ley 1762

Crea la subsecretaria de telecomunicaciones dependientes del ministerio de transportes y organiza la direccion superior de las telecomunicaciones del pais

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6732 · idParte: 8701630

Texto oficial

Artículo 8°- El Ministro de Transportes y Telecomunicaciones designará una comisión presidida por el Subsecretario de Telecomunicaciones, para que en un plazo de ciento ochenta días, contados desde la publicación del presente decreto ley, proponga la reglamentación orgánica para la estructuración y funcionamiento de las entidades que en él se establecen. En tal comisión deberá haber un representante del Ministerio de Hacienda. El Reglamento a que se refiere el inciso anterior se aprobará previo informe del Ministerio de Hacienda, por decreto supremo que se cursará dentro del plazo de un año, contado desde la publicación del presente decreto ley.