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Artículo 1 del Decreto Ley 1770

Otorga mejoramiento economico y dispone rebajas tributarias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6737 / 9036559.

Texto oficial

Artículo 1°- Auméntanse, en un 4%, a contar del 1° de Mayo de 1977, los montos vigentes de los sueldos de la escala del artículo 1° del decreto ley N° 249, de 1973, y sus modificaciones. Este aumento regirá también respecto de los sueldos bases del personal a que se refiere el artículo 3° del decreto ley N° 271, de 1974.