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Artículo 2 del Decreto Ley 1819

Dispone suplementos al presupuesto general de la nacion y establece normas de caracter presupuestarias, financieras y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6750 · idParte: 7127643

Texto oficial

Artículo 2°.- Traspásase en la Partida Tesoro Público del presupuesto vigente la cantidad de $ 3.542.000, desde 62-03-01-80, Dirección General de Metro, a 69-60-00-80, Empresa de los Ferrocarriles del Estado.