Texto oficial
Artículo 3°.- Sustitúyese, en el inciso tercero del
artículo 11 del decreto ley N° 1.603 de 1976, la frase
"rebajado del margen", por esta otra "rebajado de los
créditos a imputarse al margen".
Dispone suplementos al presupuesto general de la nacion y establece normas de caracter presupuestarias, financieras y de personal
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