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Artículo 32 del Decreto Ley 1819

Dispone suplementos al presupuesto general de la nacion y establece normas de caracter presupuestarias, financieras y de personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6750 / 7127673.

Texto oficial

Artículo 32°.- Agrégase, a contar del 1° de Mayo de 1977, al artículo 6° del decreto ley N° 1.770, de 1977, el siguiente inciso: "La asignación que establece el inciso primero correspondera también al Fiscal del Servicio Fiscalía para la Defensa de la Libre Competencia.".