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Artículo 1 transitorio del Decreto Ley 1878

Crea la central nacional de informaciones

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 6766 · idParte: 9036613

Texto oficial

Artículo transitorio.- El Reglamento Orgánico, de carácter Reservado, a que se refiere el artículo 3° del presente decreto ley, será dictado dentro del plazo de 150 días.