Texto oficial
Artículo 1°- La Polla Chilena de Beneficencia realizará durante el año 1977 un sorteo cuya utilidad se destinará a las instituciones que señala, en la siguiente proporción: 25% para la Fundación Septiembre, 25% para la Sociedad Pro Ayuda del Niño Lisiado, 25% para la Corporación de Ayuda al Niño Limitado y 25% para el Consejo Nacional de Protección a la Ancianidad.
Lo anterior se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en la ley N° 13.964 y sus modificaciones.
Este sorteo estará liberado de todo tipo de impuestos y gravámenes, y su equivalente será entregado a las instituciones que señala el inciso primero.