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Artículo 2 del Decreto Ley 1880

Establece un sorteo de la polla chilena de beneficencia en beneficio de las instituciones que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6767 / 8991119.

Texto oficial

Artículo 2°- Elimínase al Comité Olímpico de Chile como beneficiario del sorteo de la Polla Chilena de Beneficencia que actualmente lo favorece, y por lo tanto deróganse la Ley N° 12.072, el artículo 87 de la ley número 12.434, y el artículo 10 de la ley N° 12.920. En su reemplazo se realizará el sorteo a que se refiere el artículo 1° de este decreto ley.