Texto oficial
Artículo 2°- Elimínase al Comité Olímpico de Chile como beneficiario del sorteo de la Polla Chilena de Beneficencia que actualmente lo favorece, y por lo tanto deróganse la Ley N° 12.072, el artículo 87 de la ley número 12.434, y el artículo 10 de la ley N° 12.920.
En su reemplazo se realizará el sorteo a que se refiere el artículo 1° de este decreto ley.