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Artículo 99 del Decreto Ley 1939

Normas sobre adquisicion, administración y disposicion de bienes del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 6778 / 8739408.

Texto oficial

Artículo 99.- Deróganse todas las disposiciones actualmente vigentes sobre las materias a que se refiere el presente decreto ley, aplicables a través del Ministerio de Tierras y Colonización. La derogación anterior no afecta al decreto ley N° 1.113, de 1975, ni a las demás disposiciones legales vigentes que rijan la adquisición, administración y disposición de bienes para las Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile e Investigaciones de Chile.